Declaración de valores cuando ingresan al pais
DECLARACIÓN DE VALORES
Nombre del Trámite/Servicio: Declaración de Valores
¿Qué es?:
Toda persona (física o jurídica) no sujeta al control del Banco Central del Uruguay, que transporte dinero en efectivo, metales preciosos u otros instrumentos monetarios a través de la frontera por un monto superior a 10.000 dólares americanos o su equivalente deberá declararlo ante la Dirección Nacional de Aduanas
¿De quién depende?:
Ministerio de Economía y Finanzas Dirección Nacional de Aduanas.
¿Dónde y cuándo se realiza el trámite/servicios?:
En las Administraciones de Aduana de ingreso o egreso, previo a su ingreso o egreso al país.
¿Qué necesita para realizarlo? (Requisitos):
En el caso de equipaje acompañado se deberá: Completar la Declaración Jurada de Equipaje Acompañado:
1.
2. 3.
Las Administraciones de Aduana de Montevideo y Carrasco entregarán el formulario a las Agencias marítimas, aéreas o terrestres de transporte de pasajeros a los efectos de ser distribuidas entre los mismos.
En las Administraciones de Aduana del interior será solicitado por los pasajeros en oportunidad de su entrada o salida.
En el caso de equipaje no acompañado: Deberá ser declarado en las guías o documentación de carga correspondiente.
¿Cómo realizarlo?:
Es responsabilidad del pasajero la declaración de los valores, se deberá completar el formulario correspondiente, y entregarlo al funcionario aduanero.
Forma de solicitud (Acceso):
El formulario de “Declaración Jurada de Equipaje Acompañado” será distribuido por agentes designados y/o solicitado por los pasajeros a los funcionarios aduaneros de las aduanas de paso.
Costo: No tiene.
Duración/entrega: Previo al control aduanero. Otros datos de interés:
El incumplimiento determinará la aplicación de una multa.
Se considera Incumplimiento: La omisión de declarar o por falta de fidelidad en la declaración.
Asimismo se dará cuenta inmediatamente a la Justicia Penal, a efectos del establecimiento de medidas cautelares, estándose a lo que esta resuelva.
Información: Web Dirección Nacional de Aduanas.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir